Cuatriciclos en Santa Rosa
El Concejal Leandro Altolaguirre presento el siguiente proyecto de Ordenanza Artículo 1°: Adhiérase la Municipalidad de Santa Rosa a la Ley 2445 , por la que se regula el uso de cuatriciclos en la vía pública.- Artículo 2°: Establecer las siguientes categorías para conducir cuatriciclos: a) Cuatriciclos entre 50 cc y 150 cc de cilindrada, edad mínima de 16 años. b) Cuatriciclos de más de 150 cc de cilindrada, edad mínima de 18 años. Para el otorgamiento de la licencia de conducir deberán cumplirse todos los demás requisitos que exige la legislación. Artículo 3°: La tasa de emisión de la licencia de conducir, se equiparará a la fijada por la Ordenanza Tarifaria para la categoría A del Artículo 16 de la Ley 24449 . Artículo 4°: En concordancia con la ley 2445 se dispone que en un plazo de 90 días corridos desde la publicación de la presente, para que los titulares de cuatriciclos procedan a regularizar su situación.Vencido dicho plazo el cual operará por el solo transcurso del tiempo, si