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Suspensión cobro inmobiliario y cuotas del IPAV a los afectados

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PROYECTO DE LEY LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE LA PAMPA SANCIONA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1.- Difiérase por el término de ciento ochenta (180) días hábiles, prorrogable por igual período por el Poder Ejecutivo Provincial, el cobro del Impuesto Inmobiliario Básico Urbano y Suburbano, incluyendo las cuotas de planes de regularización de deuda de este impuesto, que se hiciera/n exigible/s durante la Emergencia Hídrica declarada por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nro. 225/10 (09/03/10 - B.O. 19/03/10), a los contribuyentes enunciados en el artículo 151 del Código Fiscal (t.o. 2.006) que se hayan visto afectados por las inclemencias climáticas que originaron la declaración de la emergencia, conforme los requisitos que establezca la reglamentación. Artículo 2.- El monto en virtud del diferimiento al que alude el artículo 1 de la presente ley, será distribuido en partes iguales e imputado a las cuotas correspondientes al Impuesto Inmobiliario a vencer en el año 2.011. Ar...