Santa Rosa prohibió la exhibición o participación de animales en los Circos.

Santa Rosa, La Pampa PROYECTO DE ORDENANZA Aprobada el 01/07/10 29 de abril - Día del Animal Artículo nº 1: Modificase el Artículo 63° del Código de Espectáculos Públicos - Ordenanza N° 3218/04 - quedando redactado de la siguiente manera: "Artículo 63°: Los circos son aquellos locales de instalaciones precarias donde se desarrollan espectáculos variados con participación de atletas, payasos, ilusionistas, etc. Queda expresamente prohibido la exhibición o participación de animales en los mismos." Artículo n° 2: Queda sin efecto el inciso g) del Artículo 85 del Código de Espectáculos Públicos - Ordenanza N° 3218/04 -. Artículo n° 3: De forma. Autores: Leandro Altolaguirre y Sara Alonso . Fundamentos: Que durante muchos años, la presencia de números artísticos con la participación de animales significó una de las atracciones principales que los circos ofrecían al público de todas las edades, pero en especial a los niños; Que por esos tiempos, los circos eran, en muchos casos, ...