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Asistentes Sociales: Ayúdennos en La Pampa a garantizar los derechos de los niños

Santa Rosa 28 de abril de 2010


Sra. Presidente del Consejo Profesional
De Asistentes Sociales de La Pampa
Lic. Gloria LUONI de PEREZ SAMPALLO
S_________/_________D


Tengo el agrado de dirigirme a Ud., y por su intermedio a los demás miembros de la Comisión Directiva del Colegio de Asistentes Sociales, motivado por la misiva recepcionada el 19 del corriente y con la cual pretende responder la solicitud que ingresé al Colegio con fecha 16 de marzo.-

Partiendo de un acentuado compromiso cívico y social impulsamos proyectos, denuncias e investigaciones en pos de un mejor manejo de la problemática relacionada con la minoridad en nuestra ciudad y en nuestra provincia. Por tal motivo, creemos corresponde que todos los actores sociales –donde los incluyo- deben sumar propuestas y conocimientos para paliar los problemas por todos conocidos y que de tan viejos ya parecen inevitables.-

Siendo la creación de la digna institución que Ud. preside relativamente nueva esperábamos una respuesta superadora y -porque no- innovadora, que defienda a los asistentes sociales que se comprometen día a día con su labor encontrándose con muchos escollos que intentamos superar.

Quizá el error fue nuestro y la primera petición fue poco comprensible, por ello, y a fin de dejar aclarada la motivación del oportuno requerimiento, le informo que el mismo estuvo fundado en la real expectativa que el Consejo que Ud. preside realizaría un acabado y comprometido ejercicio de la potestad que detenta como órgano técnico colaborador y consultivo del Estado Provincial y Municipal. Potestad otorgada por la Ley 1269 en su art. 3º quinto párrafo y que resultaría de gran ayuda en el estudio de los problemas relacionados con el Servicio Social al poner en manos de los Asistentes Sociales las herramientas jurídicas y jerárquicas necesarias para un correcto accionar.-

Estudiando la problemática, observamos como los asistentes sociales son los profesionales más cercanos a los menores y quienes pueden tener un mayor y acabado conocimiento de estos, por ello, creemos necesario que deben estar representados por su Colegio al momento de crearse o modificarse la legislación que los determina, por tal motivo –y no otro- se requirió la opinión de vuestra Institución, calificada académicamente para brindar el asesoramiento en la materia no compartiendo la afirmación de su respuesta en el sentido de que la legislación actual es la que mejor se adecua al accionar social.


Necesitamos saber ya cual debería ser el proceso de selección “familias sustitutas y/o de contención”; si estas Familias deberían recibir algún tipo de capacitación; y cual debería ser la modalidad del seguimiento a realizarle para resguardar el derecho de los niños, no para poner en tela de juicio el actual accionar de los asistentes sociales que trabajan en el ámbito del Ministerio de Bienestar Social, sino para darles a estos las herramientas legislativas que les permitan exigir capacitación, presupuesto y disponibilidad horaria suficiente para realizar sus tareas y no se encuentren ante una legislación que solo los limita o ante órdenes contrarias a los lineamientos que deben respetarse en la materia.-

Para ser más gráficos, si logramos que una ley o resolución diga que las familias sustitutas deben ser visitadas por un asistentes social al menos una vez cada quince días, el funcionario de turno no va a poder negarse a que la asistente social realice las mismas escudándose en el presupuesto o cualquier otra excusa y esto mejorarías las condiciones laborales de las colegiadas de su institución.-

Tal como Uds. refieren en su respuesta, los menores revisten el carácter de sujetos de derecho. La gravedad del problema en materia de minoridad y en particular en nuestra Provincia, es la cuasi permanente negación de esa cualidad por parte de actores gubernamentales e institucionales abocados a la temática.

Conocemos el derecho positivo en la materia y los derechos que éste reconoce a los niños, ayúdennos a que en la provincia de La Pampa no sigan siendo meras declamaciones y se traduzcan en un efectivo goce por parte aquellos para quienes fueron reconocidos.

Por último resultaría positivo hacernos saber avances alcanzados en los tres ejes que se trataron con el Ministerio de Bienestar Social (Supervisión, Capacitación y formación de una Comisión Mixta) a efectos de poder colaborar con las herramientas legislativas necesarias desde el Municipio local.


Sin otro particular saludo a Ud. atte.,


Ing. Agr. Leandro Martín Altolaguirre
Concejal Municipal, ciudad de Santa Rosa
Presidente de la Asociación Alihuen

LOS NIÑOS NO PUEDEN ESPERAR

A tres meses de la asunción del ministro de bienestar social, las medidas anunciadas en materia de minoridad corren peligro de caer nuevamente en meras declaraciones de deseo, mientras que cientos de niños siguen esperando una solución a su problemática.


Basta recordar las declaraciones del Ministro cuando, a días de asumir reconocía en los medios las deficiencias en el abordaje de la minoridad en la Provincia. En su maratónica recorrida mediática, daba a publicidad su agenda de reuniones con el Procurador General, la Jueza de Familia y el Menor, los Padres Adoptantes, etc. quienes seguramente le han brindado un acabado detalle de las falencias del sistema.

A tres meses de su compromiso público, muchas reuniones, pero pocas decisiones. ¿Se terminó en La Pampa con las “Pymes” de la minoridad?.¿ Se han facilitado mas adopciones?

Resulta imperioso un cambio de política ya!, ahora!. Debe reconocerse al niño como ser humano, como sujeto de derecho, no considerarse un objeto o un expediente que acumula polvo en alguna oficina pública.

Lamentablemente cientos de niños bajo la tutela directa o indirecta del Estado Provincial verán pasar una Navidad y un Año Nuevo más, no en un marco de contención familiar, sino en una situación de incertidumbre que los viene acompañando en algunos casos durante meses o años. Lo paradójico es que también esperan, en un frio listado, padres dispuestos a dar contención y amor. Solo basta una decisión política. Tómenla!

La Pampa: Niños en riesgo. Pedido de...

La Convención Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre en su artículo VII establece que todo niño tiene "derecho a protección, cuidado y ayuda especiales". Esta garantía ha sido ratificada por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (conocida por Pacto de San José de Costa Rica) en su artículo 19 que dice que "todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado".

SOLICITA INFORMACIÓN.

Santa Rosa, octubre de 2009
Señor Ministro de Bienestar Social
Gustavo Fernández Mendía
S______________/______________D

Leandro Martín Altolaguirre, DNI 22.701.197 en mi carácter de ciudadano, Presidente de la Asociación Alihuen y concejal de la Ciudad de Santa Rosa con domicilio real en la calle Hilario Lagos Nº 520 de la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, constituyendo domicilio en el precedentemente indicado, me dirijo a Ud. respetuosamente y digo:


Que teniendo interés legítimo suficiente fundado en la calidad de integrante del cuerpo deliberativo local que revisto y Presidente de la Asociación Alihuen, que entre sus objetivos estatutarios y fundacionales se encuentra "difundir, promover y proteger los derechos humanos en general, y en particular los derechos de los niños, reconocidos en la Constitución Nacional, Tratados Internacionales y leyes nacionales y/o provinciales", amén de sólo requerir de un interés simple para tornar legítima la petición que seguidamente rogaré; y que generará la correspondiente obligación por parte del Ministerio que Ud. encabeza de responderla.
Fundando ello en virtud de la plena operatividad del art. 13 de la Convención Interamericana de DDHH (art. 75 inc 22 de nuestra Constitución Nacional) y de la interpretación armoniosa y en consonancia que debe realizarse de una norma de menor jerarquía como lo es la NJF 951 de nuestra Provincia y tornando, en consecuencia con lo precedentemente expuesto, legítima mi petición cimentada en el marco del DERECHO A LA INFORMACIÓN le solicito informe al suscripto:

1. Cantidad de menores que actualmente se encuentran derivados por su Ministerio a familias sustitutas y/o de contención y número de menores por familia.
2. Si existen dentro estos menores, portadores de discapacidades permanentes o transitorias y en el caso de existir, si las áreas específicas hacen los seguimientos correspondientes y la metodología de control de los estadíos.
3. Requisitos exigidos legal y administrativamente para que un hogar sea considerado apto por su Ministerio como familia sustituta y/o de contención y normativa que los regula.
4. Cantidad de familias sustitutas y/o de contención a las que se les han asignado menores y su distribución por localidad.
5. Periodicidad con que se realizan los seguimientos y/o estudios interdisciplinarios a los menores derivados por su Ministerio a familias sustitutas y/o de contención.
6. Periodicidad y duración de las visitas realizadas por personal de su Ministerio a los menores en hogares de contención.
7. Periodo temporal promedio aproximado que un menor se encuentra asignado a un hogar sustituto y/o de contención, además indicar la cantidad de niños que han estado menos de 6 meses, entre 6 meses y un año, entre uno y dos años y mas de 2 años en hogares sustitutos y/o de contención los últimos 5 años.
8. Número de personal profesional de su Ministerio asignado exclusivamente al área de Minoridad.
9. Número de personal profesional de su Ministerio asignado exclusivamente al área de Discapacidad
10. Horario en que el personal del área de Minoridad se encuentra disponible y modo de contactarlos por quien así lo requiera.
11. Si se ha realizado alguna denuncia ante la Justicia Provincial o Federal por la violación de leyes provinciales o nacionales relacionadas con la protección integral de la minoridad. En caso afirmativo le solicito que informe el Juzgado y Secretaría intervinientes, carátula y número de expediente.

Sin otro particular y esperando una rápida gestión de su parte lo saludo a Ud. muy atentamente,

Ing. Agr. Leandro Martín Altolaguirre
DNI 22.701.197