La Pampa: Niños en riesgo. Pedido de...
La Convención Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre en su artículo VII establece que todo niño tiene "derecho a protección, cuidado y ayuda especiales". Esta garantía ha sido ratificada por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (conocida por Pacto de San José de Costa Rica) en su artículo 19 que dice que "todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado". SOLICITA INFORMACIÓN. Santa Rosa, octubre de 2009 Señor Ministro de Bienestar Social Gustavo Fernández Mendía S______________/______________D Leandro Martín Altolaguirre, DNI 22.701.197 en mi carácter de ciudadano, Presidente de la Asociación Alihuen y concejal de la Ciudad de Santa Rosa con domicilio real en la calle Hilario Lagos Nº 520 de la Ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, constituyendo domicilio en el precedentemente indicado, me dirijo a Ud. respetuosamente y digo: Que teniendo