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Santa Rosa: ORDENANZA de medidas extraordinarias y excepcionales por la GRIPE A

Santa Rosa 8 de julio de 2009

ORDENANZA (APROBADA)


Artículo 1º: Disponer como medida extraordinaria y excepcional la suspensión en el ejido municipal de la ciudad de Santa Rosa, de cualquier tipo de actividad pública en whiskerías, salas de juegos electrónicos, casinos, salones de fiestas infantiles, confiterías bailables, pubs, y en todo otro establecimiento cerrado donde se realicen espectáculos y/o bailes, suspendiendo los permisos de espectáculos que hubieran sido concedidos previamente.-

Artículo 2°: Limitar el ingreso de público a cines y teatros al cincuenta por ciento (50%) de su capacidad, debiendo ocuparse las butacas en hileras intercaladas. Idéntico criterio deberá adoptarse en celebraciones religiosas.-

Artículo 3º: Para el caso de restaurantes, cafés, bares, confiterías, salas de servicios de internet y juegos en red (ciber) y similares, en los que no se realicen espectáculos y/o bailes, deberá respetarse entre mesa la distancia mínima de un metro y cincuenta centímetros (1, 50 m).-

Artículo 4º: Suspender el cobro de la tasa por inspección, seguridad e higiene a los establecimientos comprendidos en el artículo 1°, correspondientes al período por el que se mantengan las medidas adoptadas. -

Artículo 5°: Las medidas dispuestas en los artículos precedentes se harán efectivas a partir de la hora cero (0) del día Jueves 9 de Julio de 2009, facultando al Departamento Ejecutivo a disponer su modificación o cese parcial o total, cuando cambien las condiciones que motivaron su dictado, conforme los lineamientos dados por la Autoridad Sanitaria Provincial.-

Artículo 6°: Serán de aplicación obligatoria en todos los establecimientos comerciales las medidas recomendadas por la Autoridad Sanitaria Provincial.-

Artículo 7°: Las infracciones a la presente Ordenanza serán consideradas faltas graves en los términos del artículo 100 de la Ordenanza Municipal n° 3218/2004, dando lugar las mismas a las sanciones previstas en el artículo citado.-

Artículo 8°: De forma.



Contenido completo

Bancos y Financieras: Recomendaciones para prevenir la Gripe A

Oportunamente el Concejo Deliberante aprobó una disposición por la cual se faculto al Presidente de este Cuerpo a gestionar ante las autoridades de la Banca Pública y Privada una mejor atención a los vecinos que concurren a dichas instituciones.
Estos reclamos estaban centrados principalmente en la demora que se produce por la gran concurrencia de personas a realizar las operaciones. En algunos casos la demora llega a las 2 horas y por otro lado la forma en que se los trata, ya que deben permanecer parados haciendo las colas para preservar el turno.
Hoy a esta situación tenemos que sumarle la emergencia sanitaria por la gripe A, donde una de las recomendaciones es evitar concentración de personas en ambiente cerrados para disminuir la transmisión del virus.
Por ello tenemos como recomendaciones:
1º- Ventilar las instalaciones bancarias.
2º- Que se de un número de orden (turno) a las personas, para que puedan esperar mas cómodas y sin hacer cola y si lo prefieren ellas esperar fuera de la institución.
3º- Incrementar la limpieza de la instituciones bancarias.
4º- Desinfectar frecuentemente los cajeros automáticos.

Ing. Leandro Altolaguirre



Santa Rosa, 23 de Abril de 2009

Proyecto de Disposición (APROBADO)

Artículo nº 1: Facúltese al Presidente del Honorable Concejo Deliberante a gestionar ante las autoridades de la Banca Pública y Privada con sucursales en nuestra ciudad, que los vecinos sean atendidos en mejores condiciones que las actuales y en el menor tiempo posible.
Artículo nº 2: De forma
Firmaron el proyecto los Concejales Leandro Altolaguirre, Sara Alonso y Marcos Cuelle.

Fundamentos:

Ante las reiteradas quejas de los vecinos por las extensas colas que deben realizar en las instituciones bancarias debido a la falta de agilidad para la realización de trámites, por un lado, y por otro, a la reticencia, desconfianza y/o desconocimiento de los métodos alternativos ofrecidos para realizar los trámites bancarios.
Que la Municipalidad es la responsable en brindar las habilitaciones comerciales a los bancos.
Y que Santa Rosa se caracteriza por ser una ciudad de Servicios, y en muchos casos es el único lugar de nuestra provincia donde se prestan los mismos.
Es, entonces, nuestro anhelo, y el del conjunto de la sociedad, bregar por una mejora en la calidad de vida de todos y cada uno de los ciudadanos.