Venta de terrenos municipales: Proponen afectaciones específicas de los recursos que se obtuvieran

Santa Rosa, 23 de Julio

El Concejal Leandro Altolaguirre acompañado por su par de bancada Sara Alonso -Concejales del Frepam- presentaron el siguiente

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo a fin de solicitarle considere en los proyectos de Ordenanza a remitir a este Honorable Concejo, asignar entre las posibles afectaciones especificas de los recursos que se obtuvieran por la venta de terrenos municipales: a la construcción, mejoramiento y equipamiento de los espacios verdes públicos de la ciudad.



Fundamentos:
Teniendo en cuenta la posibilidad de que el Municipio concrete la venta de propiedades inmuebles, esta iniciativa pretende que parte de dichos recursos que ingresarían a las arcas Municipales se asignen a la mejora de los espacios verdes y a la concreción de nuevas áreas de esparcimiento, socialización y recreación.
Cuando hablamos de “Espacio verde” no estamos hablando de un espacio, sino todo lo que sucede dentro de él. Un espacio verde para llamarse como tal debe conformar un ambiente, un microclima, irradiando todos los beneficios que de él es dable esperar.
Un espacio libre no es un espacio verde.
Un espacio libre tapizado de césped no es un espacio verde.
Un espacio verde se encuentra caracterizado por un ecosistema que funciona en conjunto en equilibrio con el ambiente y cumple funciones que le son características respecto de su comportamiento en cuanto a calidad visual, protección de asoleamientos y abrigo de vientos, su significado en el mejoramiento de la calidad de vida en cuanto al solaz y esparcimiento, actividades culturales y físicas, atemperamiento de factores de polución ambiental, etc. Los espacios verdes representan verdaderos microclimas dentro del clima general de la región que se trate. (Definición de Espacio Verde según el Ing. Agr. Ernesto Pedro Belli, Director de la Carrera de Especialista en Planeamiento Paisajístico y Ambiente; Facultad de Ciencias Agrarias y Forestales, Universidad Nacional de La Plata).
El “Proyecto Verde”, trabajo que viene desarrollando la Asociación Alihuen, es un estudio sobre el Arbolado Urbano y los Espacios Verdes de la ciudad de Santa Rosa. En el marco de este Proyecto, la Asociación realizó el segundo sondeo de opinión. En este sondeo -año 2008- se realizaron 760 encuestas a vecinos de los distintos barrios de la ciudad. Uno de los temas consultados a los vecinos fue sobre las demandas y necesidades en torno a los usos de los espacios verdes.
A manera de síntesis en dicha consigna, los vecinos de Santa Rosa revelan en las encuestas las siguientes necesidades en lo referente a espacios verdes:
El deseo de poder asistir a un espacio verde, donde puedan realizar deportes, actividades de esparcimiento, actividades culturales y educativas, sin verse forzados a trasladarse hasta el centro. Proponen que existan más espacios verdes en la ciudad, ya que los que hay actualmente no son suficientes y que los mismos se mantengan en condiciones adecuadas para poder realizar las actividades mencionadas.
Sugieren una mejor forestación, parquización, mantenimiento y limpieza de los mismos, con el propósito de mejorar la calidad de vida.
Para instalar el tema de los espacios verdes y concientizar a la población, mencionan la importancia de implementar un programa dirigido a los colegios, vecinos e instituciones barriales, relacionado con el uso, preservación y revalorización de los espacios verdes. Plantean, asimismo, conformar un cuerpo de voluntarios para tal fin.
Plantean la necesidad de dotar de riego a los espacios verdes.
Consideran de urgencia disponer de contenedores apropiados para depositar la basura que se arrojan en los espacios verdes, pues la falta de éstos genera uno de los principales motivos de descuido y suciedad.
Proponen concientizar a los vecinos respecto al tema de las mascotas: focalizan su atención en que los dueños deben hacerse responsables de recolectar los desperdicios dejadas por aquellas y de la seguridad en caso de que sean animales de gran porte. Mencionan que hay que reflotar las disposiciones legales apropiadas para controlar estos aspectos.
Sugieren comprometer a empresas o comercios del medio a ejercer el padrinazgo de plazas y parques.
En la mayoría de las encuestas se manifiesta la queja debido a la poda irresponsable de las especies plantadas, lo que requiere urgente atención y tratamiento por parte del municipio.
En varios barrios, entre los que podemos mencionar el Malvinas Argentinas, el Plan Vial, Santa María de las Pampas y San Cayetano, los vecinos solicitan la creación de un espacio verde.
En su mayoría, los encuestados proponen la reparación de los juegos que se encuentran rotos para que puedan ser utilizados por los niños sin que ellos corran riesgos.
Mejoramiento de la seguridad e iluminación en los espacios verdes de la ciudad.
Esto es una demanda de los vecinos que ha sido reconocida desde el Municipio, y documentada por el trabajo realizado por la Asociación Alihuen.

El gobernador reclama más rapidez para los trámites de adopción

JUEVES, 15 DE JULIO DE 2010 18:34

El gobernador Oscar Jorge evitó referirse que está en contra del matrimonio igualitario y sostuvo que el Gobierno nacional ahora debe implementar mecanismos para que las adopciones de niños sean más rápida.

"Es un tema absolutamente difícil. Los senadores han hecho consultas a la sociedad. Es respetable. El Senado ha tomado una decisión y hay que respetarla", esquivó a la prensa.

"Lo que sí puedo decir -prosiguió- es que se tiene que hacer algo con lo que tiene que ver con la adopción. Se debe hacer un procedimiento más ejecutivo de adopción. Pasan años y años y años u no se logran que las criaturas estén dentro de un seno familiar", expresó.

Menores en riesgo: Altolaguirre insiste "la solución es la adopción"

Fuente: EL DIARIO 14/07/2010
El concejal Leandro Altolaguirre, quien presentó ante la Fiscalía de Investigaciones Administrativas una denuncia para que se aclaren las irregularidades referidas a las políticas de Niñez y Adolescencia, insistió ayer en que la solución para la problemática es la adopción.

El dirigente viene movilizándose y mostrándose preocupado por la problemática. En las últimas horas pidió una audiencia con el fiscal de Investigaciones, Juan Carlos Carola.
El presidente de la Asociación Alihuen quiere “tomar conocimiento sobre los avances de la denuncia oportunamente presentada, en especial sobre lo atinente a los menores ubicados en el hogar de Contención” al que aludió en una presentación anterior (niños que están en una pequeña localidad del interior), la situación en la Ciudad de General Pico y sobre la solicitud de información parcialmente contestada por el Ministerio de Bienestar Social.
“Cada niño tiene derecho a crecer y desarrollarse en el seno de su familia de origen, pero... ¿por qué un niño huérfano, un niño separado definitivamente de su medio familiar por causas justificadas, un niño abandonado, debe permanecer uno, tres, cinco o más años de su infancia internado en hogares sustitutos o minihogares privándolos del amor y la contención de su familia definitiva con la repercusión negativa que ello tiene en su desarrollo psíquico?”, se preguntó el edil.
“En estos casos, la adopción es el camino para garantizar el Derecho Constitucional de estos niños a crecer y desarrollarse en el seno de una familia”, remarcó.
Recordó que “los niños tutelados por el Estado también tienen derecho a que alguien les brinde afecto, atención y protección”.
Recordó, finalmente, que la Convención Americana sobre Derechos y Deberes del Hombre en su artículo VII establece que todo niño tiene “derecho a protección, cuidado y ayuda especiales”. Esa garantía ha sido ratificada por la Convención Americana sobre Derechos Humanos (conocida por Pacto de San José de Costa Rica) en su artículo 19 que dice que “todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado”.

Declaran de Interés Municipal la celebración del "Wiñoy Xipantu" año nuevo Mapuche / Ranquel


ORDENANZA nº 4194/10


Artículo 1º: Declárense de interés municipal las celebraciones motivadas en la llegada del año nuevo aborigen "Wiñoy Xipantu".-

Artículo 2º: Considérese justificada la inasistencia al lugar de trabajo de aquellos agentes municipales pertenecientes a estas culturas, que no concurrieran al mismo con motivo de las celebraciones anuales indicadas en el Artículo 1º.-

Artículo 3º: A los efectos de instrumentar lo establecido en el artículo 2º encomiéndese al Departamento Ejecutivo la reglamentación de la presente, para lo cual requerirá la participación de representantes de los Pueblos Originarios.-

Articulo 4º: Remítase copia de la presente al Consejo de Lonkos de las Comunidades Ranqueles.-

Articulo 5º: de Forma.-


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Fundamentos:

Que la Constitución Nacional consagró la preexistencia étnica y cultural de los Pueblos Indígenas.

Que las celebraciones anuales de estas culturas representan una forma de mantener vivas las tradiciones ancestrales y comunicarlas al resto de la sociedad.

Que resulta adecuado reconocer a los integrantes de estas culturas aborígenes la posibilidad de participar en ellas sin que ello signifique un menoscabo en sus ingresos patrimoniales.

Que corresponde al Concejo Deliberante legislar en lo atinente a las modalidades de desarrollo del trabajo municipal.

Autor: Leandro Altolaguirre (UCR-FREPAM)

Mas info: http://www.alihuen.org.ar/noticias/24-de-junio-comienza-el-ano-nuevo-indigena-mapuche-ranquel.html

Invasión de Cucarachas en el Plan Federal del Barrio Ananía

Los habitantes del Barrio Ananía-Plan Federal, han visto invadidas sus viviendas por cucarachas, que pasean tranquilamente de día y de noche por todas las casas.
El Concejal Leandro Altolaguirre acompañado por sus pares de bancada Sara Alonso, Marcos Cuelle Cristina Requejo y Alicia Iribarren presentaron el siguiente proyecto COMUNICACIÓN



Santa Rosa 22 de Junio 2010


Comunicación Aprobada el 08/07/10
El Honorable Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo con el propósito de solicitarle vea la posibilidad de convenir con el Gobierno Provincial la desinsectación del Plan Federal del Barrio Ananía y otros con similar problemática. Asimismo, por el área que corresponda, se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal atender y cubrir el faltante de tapas de tanques de agua de dicho Barrio.


Fundamentos:


Vecinos del Barrio Ananía-Plan Federal requieren de un pronto saneamiento de su barrio. Sus casas han sido infectadas por cucarachas las cuales pueden observarse de día y de noche caminando por las paredes, los muebles, los utensilios de cocina, las camas, etc., poniendo en serio riesgo sanitario a los vecinos.Por su parte los vecinos aplican innumerables productos químicos para combatirlas sin tener en cuenta el riesgo que significa dichas aplicaciones a la salud de las personas en general y en particular a los niños.Sumado a esta situación tenemos el faltante de tapas del tanques de agua de varias viviendas permitiendo la proliferación de algas, bacterias, insectos, hongos, así como la deposición de excrementó de aves.

Proponen elaborar un plan de manejo de la Estancia “La Malvina”

Santa Rosa, junio de 2010


El Concejal Leandro Altolaguirre acompañado por su par de bancada Sara Alonso han propuesto el siguiente proyecto de Ordenanza con el fin disminuir las actividades ilegales y depredadoras que padece el predio de la Estancia La Malvina –caza, deforestación, vertido de residuos, incendios, ingreso con vehículos, etc.- y la de promover y desarrollar actividades educativas, recreativas y de investigación entre otras.

PROYECTO DE ORDENANZA:


Artículo 1: Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza 4110/2010 que quedara redactado de la siguiente forma:
"Artículo 1º: El Departamento Ejecutivo elaborara y administrará el plan de manejo de la Estancia “La Malvina” (Actividades educativas, recreativas y de investigación, circulación vehícular, peatonal, sitios de descanso, miradores, sanitarios, iluminación, localización de actividades de recreación pasiva, cartelería...), localizado dentro del Parque recreativo “Don Tomas” cuya nomenclatura catastral es Ejido 047, Circunscripción IV, Chacra 8, Parcela 1, Referencia 31.943. "

Artículo 2: Modifícase el artículo 2º de la Ordenanza 4110/2010 que quedara redactado de la siguiente forma:
"Artículo 2º: Dentro del predio de la Estancia “La Malvina” se podrán realizar actividades de recreación pasiva tales como la observación y contemplación de la naturaleza, recreación, esparcimiento, estudios biológicos no invasivos, educación de los niños y demás visitantes y todas aquellas actividades que tengan como finalidad la protección y / o la conservación y el uso ambientalmente sustentable de sus componentes e interrelaciones, la diversidad biológica, los recursos naturales bióticos y abióticos y el patrimonio cultural que posee el área."

Artículo 3: Modifícase el artículo 3º de la Ordenanza 4110/2010 que quedara redactado de la siguiente forma:
"Artículo 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a convenir con Instituciones Gubernamentales y no Gubernamentales medidas y convenios tendientes a la concreción de los objetivos explicitados en el artículo 1º de la presente Ordenanza."

Artículo 4: Modifícase el artículo 4ºde la Ordenanza 4110/2010 que quedara redactado de la siguiente forma:
"Artículo 4º: Queda terminantemente prohibido en el predio Estancia “La Malvina”, usos y actividades incompatibles con las disposiciones de esta Ordenanza."

Artículo 5º: De forma.



Fundamentos:
Visto la Ordenanza N° 4110/10 promulgada el 6 de enero de 2010 que tiene por finalidad impulsar medidas tendientes a la preservación ambiental del predio de la Estancia La Malvina.
Que la Ordenanza 4110/10 no prevé ningún tipo de manejo integrado del área, ni ningún tipo de figura legislativa para su conservación, tal como se plantea en los fundamentos de este Proyecto y como se merecería una superficie tan rica en biodiversidad, tanto faunística como florística, y de gran valor histórico y cultural.
El predio perteneciente al casco de la Estancia “La Malvina” se encuentra formando parte del Distrito E6b en el Código Urbanístico y actualmente dicha área no posee una figura que sea concordante con los preceptos de conservación.
La Estancia “La Malvina”, antiguo hogar del fundador de la ciudad, Don Tomás Mason constituye un importante patrimonio histórico, cultural y biológico para los santarroseños, debido a que fue una de las primeras construcciones de la capital pampeana, además de haber albergado a la familia del fundador, Don Tomás Mason. El nombre de «La Malvina», se debe precisamente, al de la hija de Tomás Mason, casada en la década de 1880 con el Coronel Remigio Gil.
Esta es un área rica en biodiversidad, tanto faunística como florística, por lo tanto se pretende promover su conservación y la integridad de dicho ecosistema; en donde los vecinos y turistas interesados tengan como valor supremo el respeto por esta integridad.
Su conservación contribuirá a la disminución de actividades ilegales y depredadoras en el predio del casco –caza, deforestación, vertido de residuos, incendios, ingreso con vehículos-. Con referencia a ello, varios estudios científicos confirman que la acción depredadora del hombre ha llevado a la reducción y extinción de gran cantidad de especies y destrucción del ambiente, por lo tanto debería ser obligación de la comuna procurar su preservación.
Teniendo como fundamento lo expresado anteriormente, se pretende que esta zona tome la figura de Reserva Natural Urbana, en donde prime la conservación de este hábitat y se tienda a minimizar la degradación ambiental.
Las Reservas Naturales Urbanas son consideradas a nivel mundial como áreas de importancia, tanto para las personas como para la naturaleza.En los países desarrollados son muy apreciadas por la sociedad, reciben un gran número de visitantes cada año y son adecuadamente preservadas. Estas Reservas se crean a los efectos de conservar los remanentes de la naturaleza original de las ciudades donde se encuentran insertas y sus objetivos van desde el esparcimiento y la recreación para los humanos, hasta el resguardo de muestras de ecosistemas similares a los originales de la región, con fines educativos y conservacionistas.
Para ello se plantea que dentro de esta área se desarrolle la recreación pasiva, que es la más coherente a los fines conservacionistas. Ésta es una forma distinta de interactuar con el espacio; es un conjunto de acciones y medidas dirigidas a la preservación del ambiente y a la educación de los visitantes. Para ello solo se requieren equipamientos mínimos de muy bajo impacto ambiental, tales como senderos peatonales, miradores paisajísticos, observatorios de avifauna y mobiliario propio de las actividades contemplativas y educativas. Aquí la interpretación ambiental reemplaza las excursiones o visitas que pueden tener efectos nocivos para el ambiente.
La elaboración y administración del plan de manejo de la Estancia “La Malvina” contará con las siguientes ventajas:
Facilitará un contacto directo entre los habitantes de la ciudad con su naturaleza.Contribuirá con la educación de los niños y demás visitantes que estarán en contacto con la flora y fauna autóctona y dentro de su ciudad, basándose en el lema que no se puede "cuidar y querer lo que no se conoce".Se aportarán importantes ventajas desde el punto de vista recreativo y turístico.Desde el punto de vista científico, se contará con un lugar para la realización de estudios biológicos no invasivos, vinculados a la fauna (como el avistamiento de avifauna, el comportamiento animal, etc.) y a la flora (como composición y evolución de la flora, etc.), entre otras
En resumen, este es un sitio ideal para observar aves y demás fauna, contemplar la flora, escapar a los ruidos de la ciudad, respirar aire puro, recreación y esparcimiento, entre muchos otros beneficios que sirven para mejorar la calidad de vida de los habitantes de la ciudad.
A modo de ejemplo, la provincia de Buenos Aires cuenta con la Ley 12.704, la cual define a las Reservas Naturales Urbanas como “los espacios silvestres donde predomina la naturaleza originaria del lugar, de propiedad estatal o privada, ubicadas cerca o dentro de ciudades o pueblos, preferentemente a distancias menores a 30 kilómetros, donde se favorezca la educación ambiental de la población, la investigación, la protección de muestras interesantes del pasado del hombre, la formación de líderes ambientales, la conservación de la biodiversidad, la participación pública en temas concernientes al cuidado y protección de ambientes así como también de las especies que en ellos habitan”. La Ley 12.704 tiene por finalidad “la protección y / o la conservación y el uso ambientalmente sustentable de sus componentes e interrelaciones, la diversidad biológica, los recursos naturales bióticos y abióticos y el patrimonio cultural que posee el área”.