Recolección y disposición final de pilas y/o micropilas en Santa Rosa

Santa Rosa 3 de agosto de 2010


El Concejal Leandro ALTOLAGUIRRE acompañado por sus pares de bancada Sara Alonso, Marcos Cuelle, Cristina Requejo, Alicia Iribarren y Gaston Massari presento el proyecto de Ordenanza para la recolección y disposición final de pilas y/o micropilas en Santa Rosa


Proyecto de Ordenanza


FUNDAMENTOS
Que es necesario actualizar la ORDENANZA Nº 2244/98 sobre la Recolección y disposición final de pilas y/o micropilas en forma diferenciada del resto de los residuos sólidos domiciliarios, que se adecúe al contexto actual, caracterizado por el aumento en el consumo de pilas, que en la última década se ha incrementado conforme se ha extendido la fabricación y consumo de aparatos electrónicos que son alimentados por aquellas.
Que, debido a la toxicidad de los componentes de estos productos que son nocivos para la salud humana y el ambiente en general, es necesario tomar precauciones en la disposición de las pilas y micropilas, siguiendo las normas ambientales vigentes.
Que los mecanismos de recolección diferenciada deben ser mejorados, ya que los diferentes tipos de pila requieren tratamientos específicos.
Las pilas se pueden clasificar en cuatro grandes grupos: pilas botón, cilíndricas, recargables (incluidas las de celulares y handy), y las de plomo-ácido (pb), que incluyen las utilizadas en luces de emergencias, automóviles y algunas filmadoras.
Que Universidades y Centros de Estudios han elaborado sistemas de disposición final de pilas, que constituyen antecedentes importantes en torno a esta problemática.
El Instituto Balseiro desarrolló un proyecto que permite la disposición final de pilas en desuso a través de un proceso de vitrificación, en el que utilizan envases de vidrio. De este proceso, obtienen un material que, además de no ser dañino con el ambiente, puede ser utilizado para la construcción.
Que algunos municipios, como el de Bahía Blanca, realizan tratamiento de pilas. En esta ciudad a las pilas botón se las encapsulan con un polvo S.N.I. en bolsas de polietileno de alto micronaje, y a éstas en bloques de hormigón vibrado, rellenados con hormigón alivianado. Estas pilas son las más peligrosas de las que no se reciclan y ocupan poco volumen debido a su tamaño. Además se separan en cinco porciones:oxido de mercurio, oxido de plata, alcalina, cinc - aire, litio. Estos bloques se destinan en el relleno de seguridad próximo a Bahía Blanca.
Que en el caso de las pilas cilíndricas, deben mantenerse secas y no deben abrirse, ya que el cinc es un metal peligroso. Deben sacárselas del flujo de residuos solidos urbanos y no deben quemárselas. Estas se colocan en tubos de PVC, los de cloacas reforzados de 4 pulgadas, sellados con tapas, rellenos con un polvo adsorbente. El tubo mide 4 metros y se fraccionan en tubos de 1 metro. Luego se sellan y se agregan capas de adsorbente y pilas sucesivamente y se termina con adsorbente. El adsorbente mantiene las pilas secas, luego se envían a un relleno de seguridad.Los dos tipos de pilas deben estar en lugares protegidos con aireacion, nunca a la intemperie. Lo ideal es que vayan a relleno de seguridad.
Por lo tanto, al ser un tema de relevancia que requiere soluciones de forma inmediata, es de suma importancia que el municipio sea responsable de ejecutar las acciones correctas en la recolección y disposición temporal y/o final de pilas y/o micropilas, en pos de mejorar la calidad de vida de la comunidad.
Que este tema ocupa también a Organizaciones No Gubernamentales; Greenpeace está realizando una campaña entre la población -a la que adhirió Alihuen a nivel local- que consiste en juntar firmas para exigirle a las empresas productoras de pilas tomen la responsabilidad económica de exportarlas para su reciclado en los lugares donde existe la tecnología para su tratamiento.
Que los vecinos reclaman dónde depositar las pilas en desuso, conscientes del grave problema ambiental que estas ocasionan



Por ello el Bloque de Concejales del FREPAM presenta el siguiente Proyecto de ORDENANZA:


ARTICULO 1º.-: Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza 2244/98 que quedara redactado de la siguiente forma:

ARTICULO 1º.- Establécese la recolección y disposición temporal y/o final de pilas y micropilas en forma diferenciada del resto de los residuos sólidos domiciliarios, que se realizará en todos los casos de acuerdo a la forma que se determina a continuación.-


ARTICULO 2º.-: Modifícase el artículo 2º de la Ordenanza 2244/98 que quedara redactado de la siguiente forma:

ARTICULO 2º.- A los fines de lo dispuesto en el artículo precedente, entiéndase por pilas y/o micropilas a aquellos elementos generadores de energía de tamaño reducido, que comunmente son utilizados en audífonos, relojes, radios, marcapasos calculadoras, juguetes, celulares, etc., y cuya fabricación se emplean elementos metálicos, altamente contaminantes y nocivos para la salud, como: Mercurio, Cadmio, Zinc, Plata, Litio.-


ARTICULO 3º.-: Modifícase el artículo 3º de la Ordenanza 2244/98 que quedara redactado de la siguiente forma:

ARTICULO 3º.- Para su almacenamiento transitorio, como paso previo a su disposición temporal/final, el municipio colocará dos tipos de urnas ad hoc: una para las pilas cilíndricas y otra para las pilas botón -micropilas-.

a- Contenedores para las pilas cilíndricas: las urnas se pondrán encomercios, establecimientos educativos que se determinen en forma conjunta entre el Ministerio de Educación de la Provincia de La Pampa y el Departamento Ejecutivo Municipal, Entidades Gubernamentales y Comisiones Vecinales.

b- Contenedores para las pilas botón -micropilas-: las urnas seubicarán en comercios vendedores de micropilas, previa formalización de los convenios respectivos.

c- Contenedores para las pilas/baterías de celulares y Handy: estosserán provistos por los mismos comercios que se encargan de su recolección y reciclado -

d- Contenedores para las baterías Plomo (pb)-acido: estos seránprovistos por los mismos comercios donde se las recolectan paso previo a su reciclado.


ARTICULO 4º.-: Modifícase el artículo 4º de la Ordenanza 2244/98 que quedara redactado de la siguiente forma:

ARTICULO 4º.- En aquellos edificios donde funcionen más de una Institución Educativa se dispondrá una sola urna común, la que quedará bajo supervisión del turno que desarrolle actividades en horariomatutino.-


ARTICULO 5º.-: Modifícase el artículo 5º de la Ordenanza 2244/98 que quedará redactado de la siguiente forma:

ARTICULO 5º.- Los propietarios y/o responsables de joyerías, jugueterías, casa de fotografías y artículos eléctricos, etc., deberán transportar únicamente hacia los comercios y/o instituciones citados en el artículo 3º, en forma mensual, las pilas y/o micropilas en desuso que, como consecuencia del desenvolvimiento de sus actividades, se acumularen en los comercios mencionados.-


ARTICULO 6º.-: Modifícase el artículo 6º de la Ordenanza 2244/98 que quedara redactado de la siguiente forma:

ARTICULO 6º.- Mensualmente, personal de la Dirección de Servicios Públicos, dependiente de la Secretaria de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano procederá a recolectar las pilas y micropilas almacenadas en las urnas para ser luego confinadas en sus respectivos contenedores, en un ambiente cubierto y seco, en dependencias del Relleno Sanitario Municipal, hasta tanto surjan nuevos sistemas de almacenamiento o reciclado que serán autorizados oportunamente por el Honorable Concejo Deliberante.


ARTICULO 7º.-: Modifícase el artículo 7º de la Ordenanza 2244/98 que quedara redactado de la siguiente forma:

ARTICULO 7º.- El Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección de Prensa y Comunicación Institucional, implementará una campaña de difusión a través de los medios de comunicación social a cerca de donde depositar los diferentes tipos de pilas y también haciendo llegar a cada hogar, en forma conjunta a la boleta de la Tasa Municipal, un folletín informativo, con información al respecto.-


ARTICULO 8º.-: De Forma.-

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